Humanidades

La mujer en Mesopotamia durante el segundo milenio a. C.

Mujer en Mesopotamia-Hamurapi museo del louvre code des lois de hammurabi

La mujer en Mesopotamia durante el segundo milenio a. C.

Para analizar la situación de la mujer en Mesopotamia durante el segundo milenio a. C. contamos con cuatro documentos fundamentales de carácter jurídico: las leyes de Esnunna (1800 a. C.), el Código de Hammurapi (1792-1750 a. C.), el Edicto de Ammisaduqa (1646 a. C.) y las leyes asirias medias (siglos XIV-XII a. C.)[1].

Estos textos reflejan una sociedad muy estratificada en la que se distinguen los señores u hombres libres de mayor categoría (awilu), hombres semilibres o libres de inferior categoría (muskenu) y esclavos. De la pertenencia a una de estas categorías se derivan unas penas mayores o menores para los diferentes delitos. Esto afecta también a las mujeres. Provocar un aborto a una mujer es delito al menos desde época de Hammurapi, pero el castigo es mayor o menor si la agresión la ha sufrido una mujer libre (hija de hombre), semilibre (hija de un individuo cualquiera) o esclava[2].

Sin embargo, hasta los siglos XIV-XII a. C. no se contempla castigo alguno para la mujer que haya abortado voluntariamente. Este delito será condenado en las leyes asirias medias con empalamiento[3].

Otro reflejo de que esta estratificación es uno de los rasgos más acusados de la sociedad es que los esclavos y las esclavas tienen los mismos derechos y obligaciones y están sometidos al mismo castigo en caso de cometer delito, pues lo importante es su condición de esclavos, no su sexo. No hay diferencia legal entre unos y otros. Si acaso hay una diferencia en la cantidad o tipo de trabajo que pueden realizar por lo que una esclava será reemplazada siempre por otra esclava considerada del mismo valor. Ahora bien, esta estratificación social no impide que un esclavo pueda contraer matrimonio con una mujer libre en cuyo caso, los hijos son libres[4]; o que una esclava pueda dar hijos a su señor que, tras ser reconocidos por él, son libres y tienen derecho a su parte correspondiente de la herencia.

La segunda característica fundamental de la sociedad en Mesopotamia es el patriarcado. La mujer pasa durante su vida por diferentes tutelas: la del padre cuando es soltera, la del marido cuando casada, la de los hijos si es viuda, etc. De ahí que sea el padre quien decide el matrimonio de la hija o que el hombre decida los castigos que imponer a su mujer o la preocupación de las leyes por proteger a las viudas o por reglamentar cuál a de ser el comportamiento de la esposa en ausencia del marido, sobre todo, qué tiempo ha de esperarlo antes de tomar un nuevo marido.

El patriarcado no significa que la mujer no tenga ninguna capacidad de acción. Las mujeres son propietarias, aunque la gestión de sus bienes no dependa de ellas en última instancia sus bienes son inalienables y son heredados por sus hijos; pueden desempeñar diversos oficios y, cuando son acusadas de algún delito, éste debe ser probado siempre ante el tribunal, aunque el acusador sea el propio marido.

La propiedad de la mujer es aquella que su padre le concede en el momento de casarse. El matrimonio en Mesopotamia se realiza en fases sucesivas que implican un intercambio de bienes importante. El padre, que era quien pactaba el matrimonio, otorgaba a su hija una dote que era siempre propiedad de la mujer y que tendía a procurar su subsistencia en caso de ausencia del marido. Cuando fallecía pasaba a ser propiedad de sus propios hijos, aunque el marido tuviera hijos con otra mujer, y en caso de repudio, salvo excepciones, siempre la recuperaba. Para compensar la pérdida económica que suponía para la familia de la mujer el otorgar esta dote, el marido aportaba a su suegro el llamado precio de la novia (teratum), que en caso de que el matrimonio no se celebraba podía ser recuperado al menos parcialmente, esto es, al menos todos los bienes no perecederos que se habían entregado. El novio podía además entregar algún obsequio adicional (biblum) a su suegro, que igualmente sería devuelto en caso de no celebrarse la boda. Además el marido podía entregar a su esposa otros bienes como regalo, siempre haciéndo constar el traspaso de propiedad en un documento oficial. De otros bienes, joyas, por lo general, la mujer era sólo usufructuaria.

La mujer en Mesopotamia2

Mesopotamia 2: Museo del Louvre. Statue assise de Gudéa, prince deLagash Tello, ancienne Girsu Epoque néo-sumérienne (vers 2125-2110 avant J.-C.

Una vez casada la mujer estaba bajo la tutela del marido. Era él quien decidía qué castigo merecía la mujer en caso de ser encontrada culpable de delito de adulterio y por lo general, el rey aplicaba el mismo castigo al hombre con quien ella se había acostado. A partir de los siglos XIV-XII a. C., según la legislación asiria, el hombre tenía derecho a maltratar físicamente a su mujer (que no a la esposa o hija de otro hombre)[5], podía “golpear a su mujer, tirarle  de los pelos, recortarle las orejas o vapulearla” sin que por ello mereciera castigo alguno[6] y sin embargo el maltrato de la mujer al hombre, que también está recogido en las leyes, estaba penado[7].

Además la mujer podía desempeñar algunos oficios. Algunos, como tabernera, gozaban de escaso prestigio social (al igual que los mercaderes, por ejemplo). Tanto era así que esta profesión estaba vedada para las sacerdotisas.[8] También eran oficios propiamente femeninos los de nodriza y diversos sacerdocios que tenían mayor o menor rango según llevaran vida conventual o no y según les estuviera permitido o no el matrimonio y la reproducción.

La sacerdotisa sekretum era de alto rango y vivía en un convento. La naditum también de más alto rango llevaba vida semiconventual. No podía casarse en caso de servir al dios Samas, pero podía hacerlo si servía al dios Marduk. En ningún caso podía tener hijos por lo que  era  habitual que ellas mismas presentaran a sus maridos esposas secundarias que cumplieran con esta función. La qadistum era de rango inferior. No vivía en el recinto del templo y podía casarse, lo cual podría dar lugar a la pérdida de su estado sacerdotal. Finalmente la kulmasitum era la de rango más bajo. Podía casarse y tener hijos y no llevaba vida conventual. Todas ellas tenían en su propiedad la dote que les había asignado su padre y, en caso de que el padre falleciera sin haberles hecho entrega de ésta, recibían, en época de Hammurapi, un tercio de la herencia aunque sólo como usufructo[9], salvo en el caso de una naditum, cuya herencia era propiedad (y por tanto podía legarla a quien quisiera) y además estaba exenta de obligaciones fiscales[10]. Una sacerdotisa naditum podía gestionar su propiedad libremente y al venderla no estaba sujeta a ningún tipo de obligación fiscal[11]. Sin embargo, para gestionar su dote, tanto una naditum como de una sekretum, necesitaban el permiso por escrito de su padre y a la muerte de éste, si no se había dispuesto lo contrario[12], los bienes pasaban a ser propiedad de los hermanos. Ellos tenían la obligación de suministrarles de por vida comida, aceite y vestidos de acuerdo con el valor de su parte y, en caso de que a la sacerdotisa no le satisficiere, podía entregar sus bienes a un arrendatario para que la fuera sustentando con los beneficios pero no podía vender los campos ni darlos en herencia puesto que, en realidad, seguían siendo propiedad de sus hermanos varones[13].

La mujer en Mesopotamia

Mesopotamia: Museo del Louvre. La femme à l’écharpe Tello, ancienne Girsu Epoque néo-sumérienne (vers 2150avant J.-C.)

Finalmente, el hecho de que la familia sea patrilineal, esto es, que los bienes se transmitan del padre a los hijos, es lo que explica la importancia de la penalización de delitos como el adulterio, ya que hay que garantizar, por todos los medios posibles, que el hijo que la esposa presenta a su esposo es realmente hijo de éste ya que será quien herede los bienes familiares. Las leyes de Esnnuna sólo contemplaban un castigo para la esposa infiel: la pena de muerte[14]. Sin embargo en el código de Hammurapi ya se contemplan atenuantes y el castigo pasa a ser decisión del marido.  Asegurar esta descendencia varonil es también el motivo por el que el hombre puede tomar esposas secundarias. En estos casos la esposa secundaria siempre es una esclava que no es considerada en el mismo plano que la mujer principal[15] aunque sus hijos tengan todos los derechos si son reconocidos por el padre públicamente[16]. También se puede tomar otra esposa si a la primera le ataca la sarna y ella no desea volver a casa de su padre[17].

Otros aspectos de carácter secundario pueden llamar nuestra atención en la actualidad. El uso del velo, por ejemplo, aparece reglamentado por primera vez en las leyes asirias medias y tiene una función de distinción social. Sólo pueden llevarlo las mujeres libres y se castiga con gran dureza a las prostitutas o esclavas que cubran su cabeza y a quienes no las denuncien[18].

Por tanto, las propias características de la sociedad mesopotámica del segundo milenio a. C. son las que definen la situación jurídica de la mujer. La estratificación social conlleva que las penas sean diferentes según la categoría de la víctima y la categoría del agresor, tanto para hombres como para mujeres, y que no se distinga entre esclavos y esclavas, dada la escasa consideración que tenía este grupo social. El patriarcado hace que la mujer esté siempre sometida a la tutela de un varón, aunque las leyes moderan el poder en determinados casos y, así, la culpabilidad de una mujer ha de ser siempre demostrada ante los jueces, la propiedad de la mujer es inalienable aunque sólo aquellas sacerdotisas a quienes sus padres lo hayan permitido pueden gestionar sus propiedades, puede partir de ella la voluntad de disolver el matrimonio y puede ejercer algunos oficios. La patrilinealidad, conlleva que sean delitos extremadamente graves aquellos que pueden hacer dudar de la paternidad del esposo. Los severos castigos impuestos  para el delito de adulterio se explican por la necesidad de garantizar que el heredero de los bienes de la familia es realmente hijo del padre. Igualmente, la búsqueda de un heredero varón puede llevar a tomar esposas secundarias, siendo por tanto el sistema matrimonial de monogamia atemperada. Estratificación social, patriarcado y patrilinialidad son las claves para explicar la situación de la mujer en Mesopotamia.

(c) Liceus, Publicación Cultural del Siglo XXI S.L.

(c) Autora: Pilar Rivero Gracia

Universidad de Zaragoza – Coordinadora de clio.rediris.es

[1] Todos estos textos están traducidos al castellano y comentados en J. SANMARTÍN, Códigos legales de tradición babilónica, edicións de la Universitat de Barcelona, Barcelona, 1999. Es ésta la traducción de donde se han extraído todos los textos jurídicos citados en el presente trabajo. Sanmartín traduce awilum como “hombre”, muskenum como “individuo cualquiera”.

[2] Código de Hammurapi, XLI 23-54: Si un hombre golpea a una hija de hombre y le provoca la pérdida del fruto de sus entrañas, pagará diez siclos de plata por el fruto de sus entrañas. Si esa mujer muere que maten a su hija. Si es a la hija de un individuo cualquiera a quien le provoca a golpes la pérdida del fruto de sus entrañas, pagará cinco siclos de plata. Si esa mujer muere pagará media mina de plata. Si golpea a la esclava de un hombre y le provoca la pérdida del fruto de sus entrañas, pagará dos siclos de plata. Si esa esclava muere pagará un tercio de mina de plata.

[3] Leyes asirias medias, A VII 92-108: Si una mujer pierde el fruto de sus entrañas por iniciativa propia, se lo prueban y constatan su culpabilidad, que la empalen y no la entierren. Si muere al perder el fruto de sus entrañas, que la empalen y no la entierren.

[4] Código de Hammurapi, XXXVI 57-68: Si un esclavo del palacio o un esclavo de un individuo cualquiera toma por esposa a luna hija de señor y ella da a luz hijos, el dueño del esclavo no reclamará como esclavos a los hijos de la hija de señor.

[5] Leyes asirias medias, A I 88-96: Si un hombre le pone la mano encima a una mujer y la ataca como un animal, y se lo prueban y se constata su culpabilidad, que le corten un dedo. Si llega a besarla, le pasarán el labio por el filo de un hacha y se lo cortarán.

[6] Leyes asirias medias, A VIII 58-62.

[7] Leyes asirias medias, A I 74-87: Si una mujer le pone a un hombre la mano encima y se lo prueban, pagará treinta minas de plomo y le darán veinte bastonazos. Si una mujer le aplasta un testículo a un hombre en una riña. que le corten a ella un dedo. Y si el médico le aplica una cura pero se le infecta así mismo el otro testículo y […] o si ella le aplasta el otro testículo durante la riña, le arrancarán a ella los dos […].

[8] Código de Hammurapi, XXV 36-44.

[9] Código de Hammurapi, XXXVIII 43-75.

[10] Código de Hammurapi, XXXVIII 76-XXXIX (rev. XVI) 1.

[11] Código de Hammurapi, XI 39-48.

[12] Código de Hammurapi, XXVIII 20-42.

[13] Código de Hammurapi, XXXVII 61-XXXVIII (rev. XV) 19.

[14] Leyes de Esnunna, A II 34-37; B II 1-2: Si un hombre les hace contrato y banquete al padre y a la madre de ella y luego la desposa, es una esposa. El día que fuera sorprendida en el regazo de otro hombre morirá; no quedará con vida.

[15] Código de Hammurapi, XXXI 13-64.

[16] Código de Hammurapi, XXXV 37-77.

[17] Código de Hammurapi, XXXI 65-XXXII (rev. IX) 9.

[18] Leyes asirias medias, A V 42 – VI 13: Las esposas de hombre, como a las […] y las mujeres […] que salgan a la calle no irán con la cabeza descubierta. Las hijas de un hombre […] bien con un paño de […] bien con una prenda o con […] se cubrirán la cabeza- […] van de día por la calle […] irán cubiertas con un velo. La concubina esirtu que vaya con […]dueña por la calle, irá cubierta. La sacerdotisa qadiltu con que se haya casado un marido, irá cubierta por la calle; la qadiltu con la que no se haya casado  ningún marido, en la calle irá con la cabeza descubierta, no llevará velo. La prostituta no llevará velo; irá con la cabeza descubierta. Quien vea a una prostituta con velo, que la detenga, consiga testigos y la lleve a la entrada de Palacio. Sus joyas no se las quedarán, pero sus vestidos se los quedará quien la hubiera detenido; le darán cincuenta bastonazos y le echarán pez por la cabeza. Pero si un hombre ve a una prostituta con velo y la deja suelta y no la lleva a la entrada de Palacio, que le den a ese hombre cincuenta bastonazos; el que lo denuncie se quedará con su ropa; le agujerearán las orejas, le pasarán una cuerda por ellas y se la atarán a la nuca y él, durante un mes entero, realizará trabajos forzados al servicio del rey. La esclava no llevará velo, y quien vea a una esclava con velo, que la detenga y la lleve a la entrada de Palacio; le cortarán a ella las orejas; el que la detenga se quedará con su ropa. Si un hombre ve una esclava con velo y la deja suelta, no la detiene y no la lleva  a la entrada de Palacio, que se lo prueben y constaten su culpabilidad; le darán cincuenta bastonazos; le agujerearán las orejas, le pasarán una cuerda por ellas y se la atarán a la nuca; el que le denuncie quedara con su ropa. Y él, durante un mes entero, realizará trabajos forzados al servicio del rey.  Si un hombre quiere ponerle el velo a su concubina esirtu, que invite a tomar asiendo a cinco o seis conocidos y que, en su presencia, le ponga el velo diciendo: “Es mi esposa”, y ella será su esposa. La esirtu que no haya recibido el velo en presencia de gente y cuyo marido no haya declarado : “Es mi esposa”, no será esposa. Sólo una esirtu. Si un hombre muere y no hay hijos de la esposa suya portadora de velo, los hijos de las esirtus son hijos, que se queden con la parte de una  herencia.

 

FOTO  de portada.

Hamurapi:  Museo del Louvre Code des lois de Hammurabi

Suse Première moitié du XVIIIe siècle avant J.-C.

Publicaciones relacionadas

0 0 votos
Valoración
Seguimiento
Notificar de
guest

0 Comentarios
Comentarios en línea
Ver todos los comentarios