La definición lexicográfica. Forma de la definición. Definición y contorno.
RESUMEN
Este artículo versa sobre el concepto de “definición lexicográfica” y los principios a los que ha de ajustarse para ser apropiada, así como sobre los diferentes tipos y subtipos en los que, según distintos parámetros, se encuadran las definiciones utilizadas en los diccionarios monolingües. Versa, por último, sobre el contorno definicional, referido a los aspectos sintáctico-combinatorios de las unidades léxicas, y su tratamiento en los diccionarios.
La “definición lexicográfica” es la pieza clave del conjunto de informaciones sobre las unidades léxicas que aporta el diccionario monolingüe común, en cuanto que constituye la información que ha de permitir al usuario entender, o precisar, el significado de las palabras, o emplearlas en diferentes enunciados de forma apropiada.
En los tratados de lexicografía se conceptúa como “definición” en sentido estricto el enunciado que tiene por objeto hacer explícito el significado, el contenido lingüístico, de la unidad léxica que figura como entrada. Así, por ejemplo, en los siguientes artículos del DRAE:
tranquilizar. tr. Poner tranquila, sosegar, a una persona o cosa. Ú.t.c. prnl.
desasosegar. Tr. Privar de sosiego. Ú.t.c. prnl. IRREG. Se conjuga como acertar.
“poner tranquila, sosegar, a una persona o cosa”, “privar de sosiego” constituyen la definición de tranquilizar y desasosegar, la explicitación de su contenido.
ISBN: 978-84-9822-384-2
Autora: Mª Antonia Martínez Linares
Extensión: 36 Págs.
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